jueves, 22 de noviembre de 2007

Ayudas a Microempresas.



PROGRAMA MIKROENPRESA DIGITALA por el que se establecen medidas de apoyo para impulsar el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) por parte de los autónomos y microempresas.


El Gobierno Vasco, en sesión celebrada el día 26 de julio de 2006, aprobó el EL PLAN DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL E INNOVACIÓN SOCIAL 2006-2009 que está basado en tres pilares: 1. Nuevos valores y personas preparadas, 2. Dimensión y grupos para competir en la economía global y 3. Innovación en las empresas y en la sociedad.


Asimismo, dentro del citado Plan, y al referirse a la denominada "Segunda gran transformación económica" de Euskadi, se recuerdan los tres objetivos a alcanzar en esta transformación:


1) construir la Sociedad de la Información y el Conocimiento,


2) hacer de Euskadi un referente en el espacio europeo de la investigación y la tecnología,


3) extender el principio de la Calidad Total como forma de gestión de las organizaciones.


Así pués, el Plan de Competitividad Empresarial e Innovación Social busca hacer realidad la visión del Foro Euskadi 2015 de un país que logra un alto nivel de vida a partir del conocimiento, para lo cual es necesario que la innovación permeabilice al conjunto de la sociedad. En este ámbito las tecnologías de la información se convierten en una herramienta de doble filo: apoyo a la eficiencia de la organización (ser eficiente) y mecanismo para facilitar la innovación (ser diferente). Innovar es convertir ideas en valor, y las tecnologías son esenciales para observar el mundo, operar con eficacia en toda la cadena de valor, y transformar el negocio aprovechando las nuevas oportunidades que emergen de los mercados.


Las tecnologías de la información son pues una palanca para la innovación y su uso permite incrementar significativamente la competitividad de las empresas de nuestro entorno.


Pero el desarrollo de la sociedad de la información en las empresas es desigual, con un alto nivel de cobertura en las grandes empresas y en las PYMES, y con menor aplicación en las microPYMES. De acuerdo a los datos publicados por EUSTAT en julio de 2007 (Encuesta de Sociedad de la Información en las Empresas), el desarrollo de los equipamientos en tecnologías de la información en las empresas vascas continúa a buen ritmo en 2007, si bien se mantienen diferencias sustanciales en función del tamaño de las mismas, especialmente entre las empresas de menos de 10 empleados y el resto.


En el estrato de 0 a 9 empleados, los equipamientos en tecnologías TIC oscilan entre el 22,9% de los establecimientos que disponen de página Web, pasando por el 68,6% que poseen ordenador, el 59,1% que tienen acceso a Internet y el 54,7% con correo electrónico.


Frente a éstos, la media de los establecimientos de 10 ó más empleados estaría comprendida entre el 66,9% de los que tienen página Web y el 97,8% de los que disponen de ordenador, alcanzando, además, el 93,5% en acceso a Internet y el 94,5% en correo electrónico. Así pues, estos datos constatan que continúa existiendo una brecha digital en cuanto al uso de las TICs por parte de las empresas, en función del tamaño de las mismas, que habría que intentar reducir.
En este ámbito, la iniciativa MIKROENPRESA DIGITALA, enmarcada dentro del Plan Euskadi en la Sociedad de la Información, pretende impulsar el uso de las TICs por parte de autónomos y microempresas mediante una actuación que apoye no solo la adquisición de equipamiento (ordenadores) y su conexión segura a Internet (conectividadad y software antivirus), sino que al mismo tiempo impulse la formación en el uso de los diferentes servicios a los que podemos acceder a través de Internet.


Beneficiarias.


Podrán ser beneficiarias las personas físicas y jurídicas que realicen actividad empresarial y que, además, cumplan los siguientes requisitos:


1. Que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma del País Vasco(CAPV) o que al menos un centro de actividad este ubicado en la CAPV.


2. Que cumplan las condiciones de MICROEMPRESA establecidas en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea, de 6 de mayo de 2003, sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE, L 124 de 20 de mayo de 2003) o las disposiciones que la sustituyan o modifiquen.

3. Que reunan los requisitos para obtener la condición de beneficiario de ayudas públicas de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.

4. Que tengan su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, según los límites que resulten exigibles de acuerdo con la legislación vigente, así como para con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI.

5. Que destinen el o los equipos informáticos adquiridos para uso de la empresa beneficiaria dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

6. Que acrediten mediante contrato o factura disponer de acceso a Internet en condiciones de banda ancha.


7. Que asista (una persona de la empresa beneficiaria) a cualquiera de los cursos de formación en el uso de las TICs destinados a autónomos y microempresas ofertados por SPRI en la Red de Centros KZgunea.


Todos estos requisitos deberán cumplirse en el momento de presentar la Solicitud de Ayuda.
Quedan excluidas de la condición de potenciales beneficiarias las Sociedades Públicas y Entidades de Derecho Público.


Tendrán la condición de beneficiarias las Asociaciones Sectoriales y/o empresariales que tengan menos de 10 empleados.


Fuente: SPRI.


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